La noticia de la semana es la aprobación del congreso del nuevo régimen laboral para jóvenes, el cual ha causado muchas criticas por ser un régimen que no beneficia en nada a los jóvenes y mas bien se reduce a mano de obra barata para las empresas.
Si tu estas leyendo este articulo y no sabes mucho del tema, el nuevo régimen laboral de jóvenes es muy "parecido" a los beneficios laborales que los trabajadores del régimen Mype – Microempresa.
Su Ámbito de Aplicación
La norma menciona que su campo de aplicación es para el sector privado y para jóvenes de 18 años a 24 años. Sobre los estudios requeridos menciona que el trabajador puede tener secundaria completa, estudios universitarios y/o institutos completos y/o incompletos.
La parte mas importante son dos puntos como requisitos, para lo cual solo es necesario que se cumpla uno de ellos:
- Que se incorporen por primera vez a la planilla electrónica como trabajador o
- Que a la fecha de contratación se encuentre desocupado, se entiende por desocupado cuando no haya estado registrado en la planilla electrónica como trabajador al menos 90 días calendarios consecutivos previos a la contratación.
Analicemos esta primera parte
Si analizamos la primera condición, esta ley esta dirigido para jóvenes que nunca han laborado en una empresa (vinculo laboral trabajador y empleador). Preguntante ¿Cuál fue tu primer trabajo? Si tu ya has laborado en una empresa antes en planilla, esta ley no podría aplicarte.
Por otro lado la segunda opción menciona que también esta dirigida para trabajadores desocupados, y la condición es que no haya estado en planilla electrónica como menos 90 días calendarios.
De lo antes mencionado surge una pregunta ¿Cómo la empresa verificara que el trabajador esta desocupado o que no ha laborado 90 días calendarios consecutivos?
Caso Practico
Miguel torres es un chavo de 18 años que esta en el primer ciclo de la carrera de contabilidad en la universidad, y postula para una empresa para el puesto de practicante contable. La empresa desea verificar si miguel cumple las condiciones para ser contratado bajo la nueva ley laboral de jóvenes.
Solución:
1. Primero verificaremos si el trabajador se encuentre dentro del rango de 18 años y 24 años.
2. Luego de ello verificaremos que nunca haya estado en planilla, para ello le entregaremos una ficha (declaración jurada) donde el trabajador firme y llene una seria de preguntas : ¿Cuál fue su primer trabajo? ¿A trabajado en planilla alguna vez?.
3. De haber ya trabajado en una empresa, verificar que lleva 90 días calendarios desocupado. (ficha de postulante)
¿Qué opino sobre esta nueva Ley?
Hoy me preguntaron cual era mi opinión personal y me respuesta es que estoy de acuerdo con la ley y creo que es una buena opción para que muchos chicos que están en primeros ciclos de la universidad o institutos realicen su primeras practicas y que mejor opción que cuenten con un seguro (ESSALUD) y una Pensión (ONP o AFP).
Analicemos la realidad actual
Hoy en día las empresas no aseguran a sus trabajadores en planilla, la modalidad preferida de los empresarios es la de locación por servicios (recibos por honorarios), y casi el 80% de trabajadores que pasa por esta situación son los jóvenes cuando realizan su primer trabajo, porque los costos laborales son muy elevados.
Te hago una pregunta ¿Cuál fue tu primer trabajo?, a caso no te dijeron: en esta empresa tienes que estar a prueba 6 meses por recibo por honorarios. O quizás fue tu caso que trabajaste como practicante (modalidad formativa).
¿Bueno o Malo?
He leído muchos comentarios , donde la mayor de personas se esta llevando por los beneficios laborales, tema que trataremos en la segunda parte de este articulo, solo te voy hacer una pregunta ¿Sabes los beneficio que tiene un trabajador que esta planilla electrónica? , sabias que si te accidentas, tienes tu sueldo asegurado, que si tienes un hijo, recibes una cantidad de dinero, que si falleces, tus familiares recibirán un bono por sepelio ,etc.
En conclusión si tu análisis de esta nueva ley laboral de jóvenes es solo porque no recibe gratificación, cts y solo 15 días de vacaciones, te recomendaría que existen otros beneficios mas que quizás no estas tomando en cuenta.
CPC Miguel Torres Chauca
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